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¿QUE HACE EL ORGANO INTERNO DE CONTROL?
El órgano interno de control es una unidad administrativa perteneciente a la Administración Pública Municipal de Huautla, Hidalgo que tendrá a su cargo vigilar, planear, organizar y coordinar el sistema de control interno, inspeccionar el ejercicio del gasto público, promover la participación de la sociedad a través de las figuras de la contraloría social en los procesos de vigilancia y evaluación de los programas y acciones de la administración municipal a efecto de contribuir a un correcto desempeño de la gestión pública, vigilar el cumplimiento del código de ética y de conducta de los servidores públicos municipales, vigilar el cumplimiento de la presentación de la declaración patrimonial, de intereses y la fiscal que deban presentar los servidores públicos municipales así como conocer por conducto de las autoridades investigadoras, substanciadora y resolutora de los actos u omisiones que pudieran constituir faltas administrativas cometidas por servidores públicos, ex servidores públicos y particulares.
OBJETO DEL ORGANO INTERNO DE CONTROL
Tendrá por objeto la vigilancia y evaluación del desempeño de las distintas áreas de la administración municipal, para promover la productividad, eficiencia y eficacia, a través de la implementación de sistemas de control interno, adecuado a las circunstancias, así como vigilar, en su ámbito, el cumplimiento de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Hidalgo.
MISIÓN DEL ORGANO INTERNO DE CONTROL
Evaluar y fortalecer sistema de control interno institucional de la administración municipal, promover la ética e integridad entre los servidores públicos municipales y prevenir, corregir, investigar, calificar y sancionar en su caso actos u omisiones presuntamente constitutivos de responsabilidades administrativas de las personas servidoras públicas de la Administración Pública Municipal de Huautla, Hidalgo y de particulares vinculados a faltas graves.
FUNDAMENTO LEGAL
FACULTADES Y ATRIBUCIONES
Las facultades y atribuciones del órgano interno de control se encuentran prevista 108 y 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,3, fracción XXI de la Ley General de Responsabilidades Administrativas,149,152 de la Constitución Política del estado de Hidalgo, artículo 2 fracción XXV de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Hidalgo así como el articulo 105 y 106 fracción I,II,III, III BIS,IV,IV BIS,V,VI,VII,VIII,IX,X.XI,XII,XII BIS,XIII,XIV,XV,XVI,XVII,XVIII,XIX, XIX BIS,XX,XXI,XX Y XXIII de la Ley Orgánica municipal para el Estado de Hidalgo.